jueves, 7 de febrero de 2013

Anteproyecto Norma Contratos de Seguros

El IASB realizó una sesión de formación el 29 de enero de 2013 para continuar sus deliberaciones sobre el anteproyecto de Norma Seguros Contratos. El IASB discutió la presentación de los ingresos del contrato de seguro cuando se producen cambios en el patrón de las reclamaciones previstas y las propuestas de transición para los ingresos del contrato de seguro. Además, el IASB discutió la forma de medir los contratos de seguros que previamente habían sido adquiridos en una combinación de negocios en la transición. No se tomaron decisiones. (Reunión conjunta con la FASB)
El IASB y el FASB se reunió el 30 de enero de 2013 para continuar sus deliberaciones conjuntas del anteproyecto de Norma Seguros Contratos. Las juntas discutieron la presentación de los ingresos del contrato de seguro cuando se producen cambios en el patrón de las reclamaciones previstas y las propuestas de transición para los ingresos del contrato de seguro. Distribución de los ingresos del contrato de seguro en caso de cambio en el patrón de las reclamaciones previstas Las juntas tentativamente decidió que, si se produce un cambio en el patrón esperado de la demanda futura, los ingresos del contrato de seguro restante debe ser reasignados prospectiva para reflejar las últimas estimaciones de la modalidad escogida. Trece miembros del IASB y FASB todos los miembros estuvieron de acuerdo con esta decisión. La transición de los ingresos del contrato de seguro El IASB tentativamente decidió que, en la transición, el asegurador deberá estimar el monto de los ingresos que se reconoce en períodos futuros mediante la estimación del margen residual o pérdida inicial incluido en el pasivo correspondiente a la cobertura restante. Al estimar que el margen residual o pérdida, el asegurador tiene que asumir que el ajuste de riesgo al inicio se supone igual a la del ajuste de riesgo en transición. Catorce miembros del IASB de acuerdo con esta decisión. Además, el IASB decidió que cuando la aplicación retroactiva fuera impracticable, la entidad aseguradora estimar el margen residual de la maximización del uso de los datos objetivos. En otras palabras, la aseguradora no debe calibrar el margen residual para el seguro de responsabilidad civil, ya que se midió utilizando los PCGA anteriores. Todos los miembros del IASB de acuerdo con esta decisión. El FASB tentativamente decidió que, para los contratos contabilizados de acuerdo con el enfoque de bloques de construcción que están en vigor en transición, el monto de los ingresos que se reconoce después de la transición se determinará de la siguiente manera: - Para los contratos en los que se determine que el margen a través de la aplicación retroactiva, los ingresos del contrato de seguro queda para ser ganados a partir de la fecha de transición se determinará a posteriori mediante el uso de las hipótesis aplicadas en la determinación retrospectiva del margen. - Para los contratos en los que la aplicación retroactiva fuera impracticable para la determinación del margen porque requeriría estimaciones significativas que no se basan únicamente en la información objetiva, los ingresos del contrato de seguro queda por ganar se debe presumir que ser igual al importe de la responsabilidad por la cobertura restante (excluyendo cualquier inversión componentes) registrado en la fecha de transición (más acumulación de intereses). La responsabilidad para la cobertura restante de estos contratos a la fecha de transición debe considerarse que no consisten en las diferencias en el reconocimiento inicial o de cambios en las estimaciones de flujos futuros de efectivo reconocido en utilidad o pérdida, tras el inicio de los contratos. Los ingresos del contrato de seguro queda para ser ganado se limitará al total acumulado para el examen previsto en las políticas de fuerza en la cartera de acreción (más intereses y menos ingresos de los componentes de inversión). Los ingresos de los contratos de seguros restante debe asignarse a los períodos posteriores a la fecha de transición, en proporción al valor de la cobertura (y otros servicios) que el asegurador ha provisto para el período (es decir, aplicando el modelo de las reclamaciones previstas y gastos y la liberación de margen). Todos los miembros del FASB estuvieron de acuerdo con esta decisión. (IASB solo encuentro) El IASB se reunió el 31 de enero de 2013 para examinar las cuestiones de barrido en el proyecto de Contrato de Seguro. Definición y alcance El IASB tentativamente decidió: - No abordar contabilidad asegurado (a excepción de las cedentes) en el proyecto de seguro de los contratos; - No crear una guía específica sobre derechos adquiridos a la definición de contrato de seguro, y - No crear una guía específica sobre takaful. Reconocimiento El IASB tentativamente decidió revisar el punto de reconocimiento para aclarar que el punto de reconocimiento para las anualidades diferidas que sea la primera del inicio del periodo de cobertura o la fecha en que la primera prima sea exigible. A falta de una fecha de vencimiento contractual, la prima se considera que es debido cuando se reciben. Medición El IASB tentativamente decidió: - Para aclarar que los flujos de efectivo relacionados con el pago de impuestos deben ser evaluados y tratados como cualquier otros flujos de efectivo; - No abordar el descuento de los impuestos diferidos en el proyecto de Contrato de Seguro, y - No crear una guía específica sobre las renovaciones tácitas o bonificaciones en efectivo. Reaseguro El IASB tentativamente decidió: - No imponer un límite sobre los ajustes desfavorables contra el margen residual positivo en los contratos de reaseguro celebrado por el cedente, y - Para confirmar la propuesta en el Proyecto de Norma de 2010 que una aseguradora debe tratar la cesión de comisiones como una reducción de las primas cedidas a los reaseguradores. Prima enfoque asignación El IASB tentativamente decidió: - Para alinear los requisitos para reducir la responsabilidad para la cobertura restante en el enfoque de asignación de primera calidad con los requisitos para la liberación del margen residual en el enfoque básico; y - Para los contratos valoradas por el método de asignación de primas, para proporcionar una aseguradora con el alivio de la divulgación de un análisis de los vencimientos de los flujos de efectivo por el responsable de la cobertura restante. Combinaciones de negocios y transferencias de cartera El IASB tentativamente decidió: - Para confirmar la propuesta en el Proyecto de Norma de 2010 que diferentes requisitos deben aplicarse a las combinaciones de negocios y transferencias de cartera, - y no crear una guía explícita sobre el período de asignación del margen residual en una combinación de negocios o cesión de cartera. Una guía de implementación El IASB tentativamente decidió: No llevar adelante la guía de implementación que actualmente acompaña a la NIIF 4 Contratos de Seguro a la nueva norma, y añadir una explicación explícita de que no llevar adelante la guía de implementación de la NIIF 4 no significa que el IASB lo rechazó. Doce miembros del IASB estuvo de acuerdo con estas decisiones. Uno de los miembros estaba ausente y uno se abstuvo. Próximos pasos El IASB ha casi terminado sus trabajos técnicos necesarios para finalizar su Proyecto de Norma revisada sobre contratos de seguro. En su reunión de febrero 2013, el IASB debatirá transición para las combinaciones de negocios. El IASB también se le pedirá que decidir la duración del período de comentarios, y el permiso para votar. El FASB continuará sus deliberaciones sobre el proyecto de Contrato de Seguro, en su reunión de 6 de febrero de 2013.

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