viernes, 8 de febrero de 2013

IASB Anteproyecto Instrumentos FInancieros "Contabilización de Coberturas"

El IASB discutieron tres temas que se plantearon en los comentarios sobre el proyecto de prescripciones: 1. utilizando los "derivados" hipotéticos para medir el cambio en el valor de la partida cubierta; 2. el requisito de transición para la designación de los contratos de "uso propio" como a valor razonable con cambios en resultados, y 3. el alcance de los requisitos de proyectos y la interacción con las actividades de cobertura macro. Utilizando los "derivados" hipotéticos para medir el cambio en el valor de la partida cubierta El IASB discutió qué uso de derivados hipotéticos era apropiada para propósitos de contabilidad de cobertura. El debate se centró en particular en la naturaleza de los diferenciales básicos FX y si se puede considerar que representan los costos de cobertura. El IASB observó que el uso apropiado de un derivado hipotético es representar a la partida cubierta (en lugar de representar la cobertura perfecta). El IASB conservó esta noción de un derivado hipotético, que se incluyó en el proyecto de requisitos, pero tentativamente decidió ampliar la noción de los costos de cobertura para dar cabida a los diferenciales FX básicos por: a. ampliar el requisito de proyecto existente con respecto a los elementos avanzados de los contratos a plazo por lo que también cubre los spreads FX básicos, y b. la alineación de la estructura con el utilizado para la contabilidad del valor de tiempo de opciones. El IASB se preocupaba que el uso de un principio más amplio de los costos de cobertura puede resultar en algunos tipos de ineficacia de la cobertura que se inapropiadamente diferidas en otros resultados integrales como los costos de cobertura. En consecuencia, el IASB limitó su decisión a los diferenciales básicos FX. Catorce miembros del IASB de acuerdo, uno se abstuvo. El requisito de transición para la designación de los contratos de "uso propio" como a valor razonable con cambios en resultados El IASB discutió el proyecto de prescripciones para la transición de la designación de los contratos de uso propio. El IASB señaló que debido a que los proyectos de acuerdo con los requisitos de la elección de la contabilidad a valor razonable con cambios en resultados, se pueden hacer en el inicio de un contrato, la transición hacia el nuevo ámbito de aplicación de la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y valoración de los contratos de uso propio sería, en efecto prospectivo, porque la elección no estaría disponible para los contratos ya existentes en la fecha en que la entidad aplica el nuevo ámbito para la primera vez. Esto daría lugar a un efecto en los estados financieros que podrían implicar una prolongada introducción gradual del tratamiento contable nuevo, lo que haría la información comparativa menos útil. En consecuencia, el IASB tentativamente decidió cambiar la disposición transitoria proyecto para que una entidad realiza la elección de todos los contratos de uso propio que ya existen en la fecha en la que se aplica el nuevo ámbito, por primera vez en régimen de todo-o-nada para todos los contratos similares. El IASB también decidió hacer una modificación correspondiente a la NIIF 1 Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera que proporciona el mismo enfoque en la transición a las NIIF. Catorce miembros del IASB de acuerdo, uno se abstuvo. El alcance de los requisitos de los proyectos y la interacción con las actividades de cobertura de tipos macro ' El IASB discutió el alcance del modelo de contabilidad de cobertura nueva y su interacción con las actividades de cobertura de tipos macro '. Los requisitos de los proyectos de permitir a las entidades a aplicar la NIC 39 en lugar del modelo de contabilidad de coberturas para una cobertura de valor razonable del riesgo de tipo de interés de una cartera de activos financieros o pasivos financieros (y sólo para esta forma de cobertura). Por el contrario, el flujo de efectivo relaciones de cobertura debe ser contabilizado según el modelo de la contabilidad de coberturas, incluso si se refieren a actividades de cobertura de tipos macro '. El IASB discutió si la NIC 39 debía seguir aplicándose en algunas coberturas de flujos de efectivo y si debe aclarar cómo el modelo de contabilidad de coberturas se refiere a las relaciones de cobertura que resultan de las actividades de cobertura de macro. El IASB tentativamente decidió: • no incluir ninguna orientación adicional de la NIC 39 o la guía de implementación de acompañamiento de los requisitos de los proyectos; • aclarar que las denominaciones de los propósitos de contabilidad de cobertura no tiene que ser el mismo que la vista de la gestión del riesgo real, sino que debe ser coherentes con las direcciones él. Esto se refiere a las denominaciones de las relaciones de cobertura que no representan exactamente la gestión del riesgo real (coloquialmente conocido como "cobertura proxy '); • para ampliar el ejemplo de cuándo interrumpir la contabilidad de cobertura (B6.5.24 párrafo (b) de los requisitos de tiro); y • añadir una explicación explícita de que no llevar adelante la guía de implementación de la NIC 39 no quiere decir que el IASB lo rechazó. Catorce miembros del IASB de acuerdo, uno se abstuvo. El IASB también pidió al personal para ofrecer en una próxima reunión un análisis de cómo se ha elegido aplicar la NIC 39 en lugar del modelo de contabilidad de coberturas puede ser diseñado y las consecuencias que pueda tener. El IASB destacó que este iba a ser investigado, pero que ninguna decisión se había tomado todavía la adopción de tal enfoque. Próximos pasos El IASB se discutirá el análisis personal sobre el alcance del modelo de contabilidad de coberturas en una futura reunión. Cuestiones planteadas por el Comité de Interpretaciones de las NIIF: contabilidad de cobertura El IASB discutió un tema que ha sido abordado por el Comité de Interpretaciones NIIF (el Comité de Interpretaciones) con respecto a la contabilidad de cobertura. La cuestión es si la contabilidad de cobertura se debe interrumpir en una circunstancia en la que se novado un over-the-counter (OTC) derivado que haya sido designado como instrumento de cobertura, de una contraparte de una entidad de contrapartida central (CCP) a raíz de la introducción de nuevas regulaciones. Cuestiones planteadas por el Comité de Interpretaciones de las NIIF El IASB discutió si las actuales Normas IFRS debe modificarse para exigir una novación de considerarse como una continuación de la relación de cobertura existente y, en caso afirmativo, cómo determinar el alcance de la enmienda. El IASB también discutieron la duración del período de comentarios para el borrador para discusión de estas propuestas debe ser. El IASB decidió: a. la publicación de una propuesta de enmienda de alcance limitado a la NIC 39Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición y la NIIF 9 Instrumentos financierosque requieren la continuación de la relación de cobertura existente en las circunstancias planteadas en esta cuestión, y b. para limitar el alcance de las enmiendas propuestas a las circunstancias en las que: i. novación se requiere como resultado de la legislación, la reglamentación o similares requisitos legales; ii. todas las partes en el contrato original de derivados OTC se ven afectados de la misma manera por la innovación, y iii. no hay cambios en los términos del contrato de derivados OTC que no sea original, el cambio de la contraparte de un punto crítico. c. El IASB también decidió que el período de comentarios para el Proyecto de Norma debe ser de 30 días debido a la urgencia de este asunto. Todos los miembros del IASB de acuerdo. Próximos pasos El IASB dirigido al personal para preparar un Proyecto de Norma para las enmiendas propuestas, que se publicará en febrero de 2013.

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